Accidentes de Cruceros

Accidente de Crucero

Las leyes que se aplican a los barcos en el mar, sus pasajeros y tripulación son especiales y bastante diferentes de las leyes terrestres. Los abogados de las Oficinas Legales de José R. Fernández, PA están muy familiarizados con estas leyes marítimas y tienen una amplia experiencia en el manejo de tipos de reclamos relacionados.


Si tiene preguntas sobre si puede o no tener un caso, no dude en comunicarse con nosotros en las Oficinas Legales de José R. Fernández, PA, para comenzar a proteger sus derechos y programar una consulta inicial gratuita.


Cuando se trata de lesiones en cruceros y leyes marítimas, es especialmente importante prestar atención a los detalles desde el principio, incluso desde el momento de obtener el boleto del crucero. Estos boletos generalmente contienen información sobre la responsabilidad de la línea de cruceros elegida con respecto a la seguridad de sus pasajeros.


Esta información debe leerse detenidamente y comprenderse con precisión, ya que es la clave para proteger los derechos legales en caso de que las cosas salgan mal o tomen un giro inesperado. La información generalmente se extiende a señalar los requisitos que debe cumplir el pasajero para presentar un reclamo.

Estas condiciones brindan una ventana bastante pequeña de acción legal tanto para los pasajeros como para los abogados y hacen que sea imperativo actuar y reaccionar de manera rápida y eficiente.

Además de la información relacionada con el marco de tiempo, los pasajeros de cruceros también deben prestar atención a la información de limitaciones incidentales con respecto a la ubicación donde se pueden presentar reclamos válidos.


Dado que los cruceros se consideran "transportistas comunes", deben ejercer el más alto nivel de atención para garantizar que sus pasajeros estén seguros y protegidos de cualquier daño.

Si el crucero no ejerce el debido cuidado y como resultado directo se producen lesiones a los pasajeros, estos pueden ser responsables de los daños. Si usted o un ser querido ha resultado lesionado a bordo de un crucero, puede presentar un reclamo contra varias personas y/o entidades, que incluyen:


  • El propietario del crucero.
  • La empresa que opera o fleta el crucero.
  • La empresa que vendió el boleto del crucero.
  • Cualquier tercero que haya causado la lesión.

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